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Tribunal de San Andrés ordenó a cárcel construir planta de tratamiento de aguas residuales

El Tribunal Contencioso Administrativo de la isla ordenó construcción y reparación de la planta de tratamiento de aguas residuales a la cárcel del sector Schooner Bigth.

Imagen de referencia.

De acuerdo con lo ordenado por el Tribunal de San Andrés, estas entidades tendrán un plazo de 90 días para adelantar los trabajos que deben incluir la construcción y reparación de la planta de tratamiento de aguas residuales, la cual, según advirtió la Procuraduría General de la Nación, no funciona desde 2004.


El tribunal dictó unas medidas cautelares por la defensa de los derechos de los habitantes. Según el portal Infobae estas medidas se tomaron con el fin de impedir perjuicios irremediables e irreparables, ordenando suspender los hechos que amenazan los derechos e intereses colectivos al goce de un ambiente sano, la existencia del equilibrio ecológico, y el manejo y aprovechamiento racional de los recursos naturales, entre otros.


Anteriormente la Procuraduría General de la Nación había presentado una acción popular contra el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), el Establecimiento Penitenciario de Mediana Seguridad y Carcelario de San Andrés (EPMSC) y la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (Uspec), por la afectación que se estaba generando a la comunidad aledaña al centro penitenciario. A estas mismas entidades se les ordenó ejecutar las obras que resulten necesarias para suspender el vertimiento de aguas residuales hacia el sector Schooner Bigth.


Adicionalmente, el despacho judicial requirió ejecutar, dentro de 15 días, un plan de contingencia que reduzca el impacto ambiental en la zona de influencia, mediante el uso alternativo de un pozo séptico que sea evacuada por carrotanques. Esto, hasta que puedan disponer de una nueva planta de tratamiento que cumpla con los requerimientos establecidos por la ley.


El tribunal recordó que para el cumplimiento de esta orden deberán seguirse de cerca las directrices, requisitos y recomendaciones de la Corporación Autónoma Regional para el Desarrollo Sostenible del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina (Coralina).


Finalmente, exhortó a Coralina a concluir el proceso sancionatorio ambiental seguido en contra de la USPEC, y a continuar ejerciendo sus funciones de vigilancia y control en relación con este caso.



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