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Gobierno prohíbe desalojo de arrendatarios durante emergencia por el COVID-19

La medida estará vigente hasta dos meses después de haber finalizado la actual crisis.

Por: Eliana Almarales


El presidente Iván Duque, anunció la expedición de este nuevo decreto como una nueva medida, para mitigar los efectos económicos que ha traído la emergencia sanitaria a causa del COVID-19 en el país.


El ministro de Vivienda, Jonathan Malagón, informó que durante el período de cuarentena queda prohibido el desalojo de familias y locales comerciales de MIPYMES que se encuentren dentro de propiedades alquiladas, “se prohíben los desalojos durante la emergencia económica y dos meses adicionales. Además, congelamos el precio de los arrendamientos en Colombia de manera que se suspende el reajuste anual de los cánones, así como la causación de los intereses moratorios o las penalidades por incumplimiento así los contratos lo estipulen, desde el mes de abril hasta dos meses después de finalizada la emergencia”, destacó.


Sin embargo, Malagón dejó claro que en ningún momento los arrendatarios podrán dejar de responder con sus obligaciones y si es necesario se deben establecer acuerdos con el arrendador para evitar dificultades.


Además se estableció que en medio de la crisis habrá prorroga en la vigencia de los contratos, "lo que quiere decir que aquellos que finalizaban durante el tiempo de la emergencia se entienden prorrogados durante la coyuntura, salvo si hay acuerdos entre las partes. Además, cuando se llegue a acuerdos privados de pago, estos estarán desprovistos de penalidad y no se cobrarán intereses de mora”, explicó el ministro.



*Con información de Prensa de Minvivienda


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